Obligaciones del franquiciador:
- Inscribirse en el Registro de Franquiciadores, creado al efecto por la correspondiente Comunidad Autónoma.
- Facilitar al futuro franquiciado, 20 días antes de la firma del contrato, toda la información necesaria para poder decidir libremente su incorporación a la red de franquicia. Principalmente, los datos del franquiciador, descripción del sector de actividad del negocio, contenido y características de la franquicia, estructura y extensión de la red y elementos esenciales del acuerdo.
- Incorporar nuevos productos, mejorando los existentes y permitiendo que el franquiciador haga uso de los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre los mismos.
- Facilitar en tiempo la mercancía al franquiciado.
- Formar, adiestrar y prestar asistencia técnica continua al franquiciado.
- Programar los precios de manera que se asegure la rentabilidad y estabilidad del negocio
- Controlar los stocks y la calidad de los productos.
- Respetar las cláusulas de exclusividad.
Obligaciones del franquiciado:
- Pagar el canón establecido, que puede consistir en una cantidad inicial más un porcentaje sobre las ventas y los productos suministrados por el franquiciador.
- Respetar las instrucciones recibidas en materia de precios, calidad, imagen y prestigio.
- Aplicar el sistema comercial señalado por el franquiciador.
- Permitir los controles de calidad y financieros del franquiciador.
- Usar los signos distintivos, know how y los derechos de propiedad intelectual cedidos por el franquiciador exclusivamente para la explotación de la franquicia. Esta obligación podrá estar vigente hasta después de la terminación del contrato.
- Guardar secreto de los datos e informaciones, procedentes del franquiciador, a los que tenga acceso con ocasión del contrato.
- Respetar los pactos de exclusiva.
- No ceder a un tercero los derechos y obligaciones que resulten del acuerdo, salvo consentimiento del franquiciador.
* Datos a tener en cuenta
* Aspectos fiscales
* Franquicias rentables